Decreto 45934-MEIC: 517 medicamentos con precio tope
El 8 de septiembre de 2026, la presidenta Laura Fernández y la ministra de Economía, Industria y Comercio, María del Milagro Solórzano, firmaron el Decreto Ejecutivo N.º 45934-MEIC, publicado el 23 de septiembre en el Alcance N.º 127 a La Gaceta1. Crea un «esquema temporal de regulación de precios» para una canasta de medicamentos del mercado privado, con precios máximos para la compra mayorista, la compra minorista y la venta al consumidor12. Rige tres meses después de su publicación, el 23 de diciembre, y durará hasta seis meses; en ese plazo, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) decidirá si lo prorroga, lo modifica o lo termina12.
El precio fijado es un techo, no un precio único: las farmacias pueden vender por debajo67. El tope se expresa por unidad (tableta, cápsula, frasco o tubo) y en empaques de varias unidades se calcula de forma proporcional64.
Intervenimos donde el mercado no logra corregirse por sí solo.
Cómo se calcula: referencia internacional y recargos de 20 % y 40 %
El fundamento legal es el artículo 5 de la Ley N.º 7472, que permite regular precios «sólo en situaciones de excepción, en forma temporal»1. El punto de partida es un precio de referencia internacional, calculado con los precios al consumidor en mercados de referencia; ese valor es el precio máximo de venta, y de ahí se descuentan los recargos máximos del minorista (40 %) y del mayorista (20 %). El decreto aclara que esos porcentajes «no constituyen márgenes de utilidad garantizados»1. Según el informe técnico DAEC-INF-002-2026 citado en el decreto, la distorsión principal está en el primer eslabón, el precio de adquisición mayorista; en el segmento minorista no se encontró evidencia de aumentos artificiales1.
Algunos topes por unidad para el consumidor: enalapril de 10 mg, ₡438,98; sertralina de 50 mg, ₡1.198,47; amoxicilina con ácido clavulánico de 875/125 mg, ₡1.114,782.
Qué medicamentos entran en la canasta (y cuáles no)
El Anexo I incluye estatinas (atorvastatina, rosuvastatina), antihipertensivos (enalapril, valsartán, irbesartán, olmesartán, nebivolol), anticoagulantes (apixabán, rivaroxabán), sacubitrilo con valsartán, antidiabéticos orales (dapagliflozina, sitagliptina y combinaciones de empagliflozina), levotiroxina sódica, antidepresivos (sertralina, escitalopram, venlafaxina, duloxetina), quetiapina, pregabalina y salbutamol1. También entran hormonas de uso ginecológico como estradiol con noretisterona, estriol, dienogest, levonorgestrel y combinaciones con drospirenona, además de prednisolona1. En la lista no aparecen agonistas del receptor de GLP-1 ni insulinas1. El MEIC eligió los productos según el peso en el gasto privado, la relevancia terapéutica, el gasto de bolsillo, el perfil epidemiológico y el nivel de concentración del mercado6.
El antecedente: márgenes de 2025 y la demanda de Coprocom
No es el primer intento. El 15 de enero de 2025, el entonces presidente Rodrigo Chaves firmó el Decreto 44863-MEIC, que limitó los márgenes de comercialización81. El Gobierno dijo haber encontrado márgenes promedio del 85 % en el país, frente a un 17 % según la evidencia internacional9. Los topes iban del 11 % al 28 % para mayoristas y del 25 % al 43,5 % para minoristas8. En marzo de 2025, la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) demandó al Estado ante el Tribunal Contencioso Administrativo para anularlo; su presidenta, Viviana Blanco, advirtió que «existe un riesgo de coordinación tácita» y que algunas empresas podrían dejar de abastecer productos108. El Colegio de Farmacéuticos también recurrió el decreto8. Ese esquema se prorrogó en agosto de 2025 y venció el 18 de febrero de 20261.
El tema de desabastecimiento que consideramos que podía suceder, está ocurriendo.
Colegio de Farmacéuticos: riesgo de desabastecimiento
Con el nuevo decreto, el Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica volvió a encender la alarma. Su presidenta, Aura Gabriela Jara, advirtió que varias moléculas tienen un solo proveedor en el país, entre ellas al menos un tratamiento para la tiroides y otro para problemas cardíacos, y que algunos laboratorios podrían «retirar determinados productos del mercado»5. El Colegio envió observaciones técnicas durante la consulta pública y mantiene contacto con el MEIC11. Jara habló de «142 principios activos»5; según el texto oficial, son 68 principios activos o combinaciones repartidos en 142 agrupaciones farmacéuticas1.
La literatura internacional da argumentos a ambos lados. Una revisión sistemática de 45 estudios encontró que el precio de referencia internacional contiene costos sobre todo a corto plazo y que los precios bajos que genera pueden reducir la disponibilidad, retrasar lanzamientos o provocar retiros de productos; la calidad de la evidencia es débil12. Un análisis del marco legal europeo concluyó que, en genéricos, la referencia de precios y los topes pueden contribuir a los faltantes13.
Lo que significa para el médico en Costa Rica
El decreto ordena al MEIC monitorear de forma permanente tanto los precios como las condiciones de abastecimiento1. Para la consulta, se suma a la Ley 10838, vigente desde febrero de 2026, que obliga a informar al paciente sobre genéricos equivalentes incluidos en la lista oficial y permite recetar por Denominación Común Internacional14. Si un producto de proveedor único deja de llegar, la receta por principio activo y la lista de equivalentes son las herramientas que la ley pone en manos del prescriptor145.
Fuentes
- Presidencia de la República y MEIC. Decreto Ejecutivo N.º 45934-MEIC: Esquema temporal de regulación de precios para los medicamentos que integran la canasta regulatoria. Alcance N.º 127 a La Gaceta N.º 179, 23 de septiembre de 2026. imprentanacional.go.cr ↗
- Madrigal LM. Gobierno fija precios máximos para canasta de 142 presentaciones de medicamentos. Delfino.cr. 23 de septiembre de 2026. delfino.cr ↗
- Arias JP. MEIC fija precios máximos para 517 productos farmacéuticos y prevé rebajas cercanas al 30%. El Observador. 23 de septiembre de 2026. observador.cr ↗
- Quirós Zúñiga F. Costa Rica fija precios máximos para 517 medicamentos: Gobierno prevé rebajas cercanas al 30 % a partir de diciembre. Infobae. 25 de septiembre de 2026. infobae.com ↗
- Casasola Calderón G. Alertan posible desabastecimiento de medicamentos para tiroides y enfermedades cardíacas. Teletica. 2 de octubre de 2026. teletica.com ↗
- Loaiza Cabalceta D. MEIC define precios máximos en 517 medicamentos. Diario Extra. Septiembre de 2026. diarioextra.com ↗
- Araya E. Gobierno anuncia que intervendrá precio de 517 medicamentos por decreto. CRC 891. 24 de septiembre de 2026. crc891.com ↗
- Ortega Campos G. Comisión de la Competencia demanda al Estado por decreto sobre márgenes de ganancia en precios de medicinas. La Nación. 25 de marzo de 2025. nacion.com ↗
- Alvarado J. Gobierno firma decreto para regular los márgenes de ganancia de farmacias y distribuidores de medicamentos. El Observador. 15 de enero de 2025. observador.cr ↗
- Pomareda García F. Coprocom demanda al Estado ante el Contencioso por limitar los márgenes de ganancia en los precios de los medicamentos. Semanario Universidad. 26 de marzo de 2025. semanariouniversidad.com ↗
- Casasola Calderón G. Decreto para bajar precio de medicamentos genera preocupación por abastecimiento. Teletica. 1 de octubre de 2026. teletica.com ↗
- Kanavos P, Fontrier AM, Gill J, Efthymiadou O. Does external reference pricing deliver what it promises? Evidence on its impact at national level. Eur J Health Econ. 2020;21(1):129-151. PubMed 31583483 ↗
- De Weerdt E, Simoens S, Hombroeckx L, et al. Causes of drug shortages in the legal pharmaceutical framework. Regul Toxicol Pharmacol. 2015;71(2):251-8. PubMed 25591547 ↗
- Asamblea Legislativa de Costa Rica. Ley N.º 10838, Fomento y Promoción de la Competencia en el Mercado de Medicamentos. Alcance N.º 14 a La Gaceta N.º 28, 11 de febrero de 2026. imprentanacional.go.cr ↗
Artículo informativo. Resume noticias, comunicados oficiales y estudios publicados; no es asesoría médica ni legal. Las fuentes se revisaron en la fecha de publicación.